jueves, 3 de abril de 2008

- Contrato de trabajo





CONTRATO DE TRABAJO:

Es el acuerdo entre la empresa y el trabajador o trabajadora por el que se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario(a) y bajo su dirección a cambio de una retribución. El contrato de trabajo puede celebrarse por escrito o de palabra. Deberán constar por escrito cuando así lo exija una disposición legal.

- Ilustre Municipalidad de ñuñoa

- Banco

Un banco es una institución que se encarga de administrar y prestar dinero. La banca, o el sistema bancario, es el conjunto de entidades o instituciones que, dentro de una economía determinada, prestan el servicio de banco

- SII

-NIC



1)no metimos a www.nic.cl
2)colocamos el nombre de la empresa
3)no se encontro resultados, por lo tanto esta isponible para nosotros

-DPI.



1)nos metimos a www.dpi.cl.
2)pinchamos sobre el cartel que dice busquedas de marcas y patentes.
3)nos metimos donde dc consultas normales.
4)buscamos si nuestra empresa estaba registrada y la marca (lo cual no lo estuvieron).
5)por lo cual estamos listos para registrar nuestar empresa y colocarle la marca.

- Escritura de la empresa

I. Escritura de Constitución de Sociedad

Es fundamental para la creación de una empresa. Para su confección dependiendo de la complejidad de la Sociedad, puede requerirse de los servicios de un Abogado o una Notaría.

Si es una sociedad simple no es necesario los servicios de un abogado y podría se suficiente con la escritura de un documento y para ello solo es necesario la fotocopia de la cédula de los socios. Cuando el documento este listo se recurre a una Notaria para su firma y legalización.

La redacción de la Constitución de una Empresa, no dura menos de 3 días, depende de la complejidad. A partir de la fecha son 60 días para legalizar e inscribir la sociedad.

II. Legislación y Extracto de la Escritura

Luego de la redacción es necesario la legalización y la obtención de la RUT y patente comercial. Para su realización es necesaria la presencia de los socios en la notaria, con su cedula de identidad y un borrador de Constitución de Sociedad. Después de realizar este trámite, con la Carta original de la Constitución de la Sociedad, se debe ir a presentar eso a las oficinas del Conservador de Bienes Raíces.