jueves, 3 de abril de 2008

- Isapres

La isapre opera con un descuento obligatorio del 7% del sueldo bruto del empleado, ademas de esto el empleado debe optar por un plan.
Si este plan sobrepasa este 7% el empleado debe pagar hasta cubrir el costo total del plan escogido, si el 7% sobrepasa al plan escogido el dinero restante se va a un fondo llamado excedente.
El excedente se puede utilizar solo en el ámbito de la salud.

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